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SIRE en octubre de 2026: la incorporación no tiene la misma fecha para todos

Si leíste que el SIRE empieza en octubre, verifica a qué grupo se refiere la noticia. La obligación se comprueba con las características y antecedentes de cada contribuyente.

Lectura de 3 minRevisado: 9 de octubre de 2026

En 30 segundos

  • La postergación comprende a un grupo específico de PRICOS.
  • La condición y los ingresos del ejercicio indicado importan.
  • Aceptar una propuesta exige revisar los documentos del período.

Qué cambió con la RS 000125-2026/SUNAT

La resolución postergó del período junio al período octubre de 2026 la incorporación de determinados principales contribuyentes al SIRE. Comprende a quienes estaban designados como PRICOS al cierre de 2024, tienen ingresos netos de 2024 superiores a 2300 UIT y están obligados a llevar los registros comprendidos. Esa fecha no se aplica de forma universal a todas las empresas.

Qué confirmar en tu caso

  • Tu condición de contribuyente y la fecha de designación, si corresponde.
  • Los ingresos del ejercicio que toma como referencia la regla.
  • La obligación de llevar registros de compras y ventas.
  • El período desde el que te corresponde usar el sistema.

Una noticia sobre una postergación no elimina una obligación que ya te corresponde. Antes de cambiar el proceso de tu empresa, contrasta la regla con tu RUC y antecedentes.

El cierre empieza antes del envío

Recomendamos comparar los comprobantes del período con los reportes internos: ventas, compras, notas de crédito, anulaciones y documentos que requieren una revisión. Deja identificadas las diferencias y su explicación antes de confirmar el registro.

Ejemplo de revisión: si tu reporte comercial muestra una devolución, busca el documento y su efecto en el registro. Una diferencia visible no siempre es un error; debe poder explicarse.

Una carpeta por período

Organiza el reporte interno, los documentos revisados y la constancia final en la misma carpeta. Anota quién revisó cada diferencia y qué cambió. Esta organización te permite reconstruir el cierre sin depender de mensajes dispersos.

Para conocer la obligación y operación específicas, consulta el portal del SIRE y la resolución. Esta guía no presume que tu empresa pertenezca al grupo de PRICOS mencionado.

El plazo para regularizar sin multa ya venció

La RSNATI 000032-2026-SUNAT/700000 permitió regularizar registros y ajustes del SIRE sin sanción hasta el 31 de agosto de 2026, para las infracciones de los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario. Ese plazo ya pasó. Si hoy detectas un error, corrígelo cuanto antes: la gradualidad de multas premia la subsanación voluntaria antes de que SUNAT te notifique.

Haz esto hoy

  1. Confirma en el portal del SIRE desde qué periodo estás obligado.
  2. Antes de aceptar la propuesta, compara ventas y compras con tus reportes internos.
  3. Si encuentras un error de periodos anteriores, corrígelo antes de que SUNAT te notifique.

Recurso gratuito: Checklist mensual contable

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Preguntas frecuentes

¿Puedo aceptar la propuesta de SUNAT sin revisarla?

Puedes, pero no conviene. La propuesta se arma con lo que SUNAT recibe y puede omitir comprobantes o incluir otros que no corresponden a tu negocio.

¿Todavía puedo corregir sin multa?

El plazo especial venció el 31 de agosto de 2026. Hoy rige la regla general: corrige cuanto antes y aplica la gradualidad que corresponda.

Mi proveedor me emitió tarde, ¿qué hago?

Revisa en qué periodo corresponde anotarlo y si el SIRE lo incluyó. Pide a tus proveedores emitir dentro del mes.

¿Quieres revisar este punto en tu empresa?

Ofrecemos un diagnóstico contable inicial, sin costo ni compromiso: tu situación tributaria, obligaciones y qué ordenar primero. Los trámites, declaraciones y servicios continuos se evalúan y cotizan por separado.

Historial de cambios

  • 9 de octubre de 2026: Agregamos que el plazo de regularización sin sanción venció el 31 de agosto de 2026.

Información general revisada el 9 de octubre de 2026. Las cifras son ilustrativas. Los requisitos deben evaluarse para cada contribuyente.

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